Desde Federación de Mujeres Progresistas Comunidad Valenciana hemos llevado a cabo la sistematización
de la recogida de información acerca de las condiciones laborales en las que se
encuentran las usuarias. Mediante indicadores objetivos para su posterior
análisis, difusión y visibilización, con una muestra de usuarias a las que se encuesta telefónicamente, aunque se trata de un estudio modesto y los datos no son extrapolables, si que nos dan una referencia de la situación
actual.
El objetivo de este año es establecer una comparativa
con el anterior año 2011 (datos que fueron publicados en esta pág.), con el fin de analizar si han existido cambios en las
condiciones laborales después del cambio legislativo. Por este motivo,
decidimos realizar el proceso de encuestación, a seis meses vista de la
aplicación de la normativa, una vez finalizado el plazo de coexistencia con el
antiguo régimen R.D.1424/85 Y
RÉG. ESPECIAL SEG. SOCIAL.
ANÁLISIS DE DATOS Y CONCLUSIONES
En la muestra encuestada observamos un
aumento de usuarias que trabajan en régimen interno, en este periodo detectamos
desde nuestra entidad, usuarias en busca de ofertas de trabajo como interna,
pues la dificultad económica en la que se encuentran muchas de ellas, les
obliga a aceptar este régimen por no poder disponer de un domicilio, o recursos
para el pago de una vivienda. Desde Federación, ya hemos reflejado en algunos
talleres formativos sobre derechos y deberes de la empleada de hogar, que esta
tendencia va en aumento, cuando en años anteriores eran ofertas no preferentes
para muchas de las usuarias, por las condiciones tan precarias, y más
concretamente por la carencia total de intimidad y tiempo de descanso, pues
siguen siendo consideradas trabajadoras de 24h.
En cuanto a la contratación, con la
población encuestada de 2012, vemos un aumento de contratación del 40%, a
diferencia del 2011, donde tan solo el 15% relataba estar contratada. Señalar que
en 2012 el mayor número de contrataciones son de empleadas en régimen interno. Según
los resultados de nuestra muestra, confirmamos la dificultad que tienen las
trabajadoras por horas, para conseguir la contratación por varios
empleadores/as.
En lo referente a la tramitación de alta en la SS, observamos un descenso, del 45% en 2011 a un 40% en 2012, posiblemente debido, a que en nuestra muestra
hay un alto porcentaje de trabajadoras por horas, y a que cuando estaba vigente
el antiguo Régimen, existía la posibilidad de que la empleada se cotizara ella
misma la SS, situación frecuente para las trabajadoras inmigrantes, ligada a la
renovación de documentación. Así pues, el mayor descenso de altas en la SS, lo
encontramos en las trabajadoras por horas. En este sentido, hay una necesidad
de campañas de sensibilización a empleadores/as para normalizar la relación
laboral con sus empleadas. Como hemos resaltado a lo largo del ejercicio 2012,
hay una preocupación generalizada por parte de las trabajadoras inmigrantes a
la irregularidad sobrevenida.
Respecto a las condiciones salariales,
podemos concluir que el poder adquisitivo y condiciones salariales han
disminuido. Sigue existiendo un alto porcentaje en el tramo que percibe menos de
650€. En este tramo se encuentran la mayoría de trabajadoras externas y la
totalidad de trabajadoras por horas, encuestadas. Desciende el porcentaje
del tramo salarial de 650 – 800€. Y así como en 2011, encontramos un 5% que
recibía un salario de más de 950€, en 2012 no hay ninguna usuaria encuestada, que disponga de tal cantidad. En muchas ocasiones nos hemos encontrado, que al
establecer como condición mínima el SMI, esto ha sido entendido como condición
máxima de salario, y así lo han reflejado en la mayoría de contrataciones para
jornadas completas (incluidas las internas, que superan con creces la jornada
laboral máxima), donde se ajustan a la ley
por defecto, y donde el salario mínimo incluidas pagas extras y
vacaciones es de 748€. En el caso de trabajadoras internas, cuando sus jornadas
laborales exceden en mucho la jornada permitida por ley, se aplican estas
condiciones salariales, sin tener en cuenta las horas de presencia, el
incumplimiento de descansos y pluses por responsabilidad del cuidado de personas
dependientes.
En cuanto al cumplimiento de descansos tal y como marca la ley, el 40% de la población entrevistada se encuentra en
régimen externo o por horas, motivo por el cual responden afirmativamente al
cumplimiento de tiempos de descanso, pero un análisis más minucioso, nos indica
que el 85% de las trabajadoras internas encuestadas no pueden cumplir con el descanso de
36h continuadas los fines de semana, establecido por ley. Reincidimos pues, en
la necesidad de campañas de sensibilización y concienciación a la población
general, donde se facilite información de las condiciones laborales de las
trabajadoras ajustadas a la modalidad del servicio que van a desempeñar y al régimen de contratación, en las que se
insista que la jornada laboral de un trabajadora interna no puede ser superior
a 40h/semanales, y en su defecto cabría añadir 20h/semanales máximo en concepto de horas de presencia u horas
extras, que serán remuneradas como tal y añadidas a su salario mensual.
La
Ley 27/2011 de 1 de agosto, sobre la actualización y modernización del
sistema de SS, las disposiciones que afectan a la Integración del Régimen
Especial de Empleadas de Hogar en el RGSS, así como el Real Decreto 1620/2011,
de 14 de noviembre, es un avance en la consecución de derechos de las empleadas
de hogar, no obstante son necesarias mejoras para equiparar las condiciones
laborales a los de cualquier otro sector. El tema económico- recaudatorio, no
puede hacer retroceder los avances conseguidos hacia la profesionalización y regulación del Sector, ejemplo de ello son las mejoras en materia de prestaciones por
enfermedad y accidente común o laboral y la obligación de contratación entre otras.