lunes, 17 de diciembre de 2012






Desde Federación de Mujeres Progresistas Comunidad Valenciana hemos llevado a cabo la sistematización de la recogida de información acerca de las condiciones laborales en las que se encuentran las usuarias. Mediante indicadores objetivos para su posterior análisis, difusión y visibilización, con una muestra de usuarias a las que se encuesta telefónicamente, aunque se trata de un estudio modesto y los datos no son extrapolables, si que nos dan una referencia de la situación actual.

El objetivo de este año es establecer una comparativa con el anterior año 2011 (datos que fueron publicados en esta pág.), con el fin de analizar si han existido cambios en las condiciones laborales después del cambio legislativo. Por este motivo, decidimos realizar el proceso de encuestación, a seis meses vista de la aplicación de la normativa, una vez finalizado el plazo de coexistencia con el antiguo régimen R.D.1424/85 Y RÉG. ESPECIAL SEG. SOCIAL. 

ANÁLISIS DE DATOS Y CONCLUSIONES

En la muestra encuestada observamos un aumento de usuarias que trabajan en régimen interno, en este periodo detectamos desde nuestra entidad, usuarias en busca de ofertas de trabajo como interna, pues la dificultad económica en la que se encuentran muchas de ellas, les obliga a aceptar este régimen por no poder disponer de un domicilio, o recursos para el pago de una vivienda. Desde Federación, ya hemos reflejado en algunos talleres formativos sobre derechos y deberes de la empleada de hogar, que esta tendencia va en aumento, cuando en años anteriores eran ofertas no preferentes para muchas de las usuarias, por las condiciones tan precarias, y más concretamente por la carencia total de intimidad y tiempo de descanso, pues siguen siendo consideradas trabajadoras de 24h. 

En cuanto a la contratación, con la población encuestada de 2012, vemos un aumento de contratación del 40%, a diferencia del 2011, donde tan solo el 15% relataba estar contratada. Señalar que en 2012 el mayor número de contrataciones son de empleadas en régimen interno. Según los resultados de nuestra muestra, confirmamos la dificultad que tienen las trabajadoras por horas, para conseguir la contratación por varios empleadores/as. 

En lo referente a la tramitación de alta en la SS, observamos un descenso, del 45% en 2011 a un 40% en 2012, posiblemente debido, a que en nuestra muestra hay un alto porcentaje de trabajadoras por horas, y a que cuando estaba vigente el antiguo Régimen, existía la posibilidad de que la empleada se cotizara ella misma la SS, situación frecuente para las trabajadoras inmigrantes, ligada a la renovación de documentación. Así pues, el mayor descenso de altas en la SS, lo encontramos en las trabajadoras por horas. En este sentido, hay una necesidad de campañas de sensibilización a empleadores/as para normalizar la relación laboral con sus empleadas. Como hemos resaltado a lo largo del ejercicio 2012, hay una preocupación generalizada por parte de las trabajadoras inmigrantes a la irregularidad sobrevenida. 

Respecto a las condiciones salariales, podemos concluir que el poder adquisitivo y condiciones salariales han disminuido. Sigue existiendo un alto porcentaje en el tramo que percibe menos de 650€. En este tramo se encuentran la mayoría de trabajadoras externas y la totalidad de trabajadoras por horas, encuestadas. Desciende el porcentaje del tramo salarial de 650 – 800€. Y así como en 2011, encontramos un 5% que recibía un salario de más de 950€, en 2012 no hay ninguna usuaria encuestada, que disponga de tal cantidad. En muchas ocasiones nos hemos encontrado, que al establecer como condición mínima el SMI, esto ha sido entendido como condición máxima de salario, y así lo han reflejado en la mayoría de contrataciones para jornadas completas (incluidas las internas, que superan con creces la jornada laboral máxima), donde se ajustan a la ley  por defecto, y donde el salario mínimo incluidas pagas extras y vacaciones es de 748€. En el caso de trabajadoras internas, cuando sus jornadas laborales exceden en mucho la jornada permitida por ley, se aplican estas condiciones salariales, sin tener en cuenta las horas de presencia, el incumplimiento de descansos y pluses por responsabilidad del cuidado de personas dependientes. 

En cuanto al cumplimiento de descansos tal y como marca la ley, el 40% de la población entrevistada se encuentra en régimen externo o por horas, motivo por el cual responden afirmativamente al cumplimiento de tiempos de descanso, pero un análisis más minucioso, nos indica que el 85% de las trabajadoras internas encuestadas no pueden cumplir con el descanso de 36h continuadas los fines de semana, establecido por ley. Reincidimos pues, en la necesidad de campañas de sensibilización y concienciación a la población general, donde se facilite información de las condiciones laborales de las trabajadoras ajustadas a la modalidad del servicio que van a desempeñar  y al régimen de contratación, en las que se insista que la jornada laboral de un trabajadora interna no puede ser superior a 40h/semanales, y en su defecto cabría añadir 20h/semanales máximo  en concepto de horas de presencia u horas extras, que serán remuneradas como tal y añadidas a su salario mensual. 

La  Ley 27/2011 de 1 de agosto, sobre la actualización y modernización del sistema de SS, las disposiciones que afectan a la Integración del Régimen Especial de Empleadas de Hogar en el RGSS, así como el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, es un avance en la consecución de derechos de las empleadas de hogar, no obstante son necesarias mejoras para equiparar las condiciones laborales a los de cualquier otro sector. El tema económico- recaudatorio, no puede hacer retroceder los avances conseguidos hacia la profesionalización y regulación del Sector, ejemplo de ello son las mejoras en materia de prestaciones por enfermedad y accidente común o laboral y la obligación de contratación  entre otras.